Poco conocidos hechos sobre decreto 2025 de 2020.
Estos contribuyentes deberán abolir el valía total del impuesto a pagar, en dos (2) cuotas a más tardar en las siguientes fechas: Cuota PRIMERA CUOTA182. De la tasa contributiva a favor de las Cámaras de Comercio. Los ingresos a atención de las Cámaras de Comercio por el control de las funciones registrales, actualmente incorporadas e integra